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Delitos Económicos

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Los delitos económicos tienen lugar cuando se combina la voluntad de llevarlos a cabo, el engaño y el beneficio propio a costa del patrimonio de terceros.

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  • Delitos Societarios - Delitos Socioeconómicos - Fraude Fiscal
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Como abogados penalistas especialistas en delitos económicos, podemos asegurar que son muchas las formas que pueden adquirir estos delitos. No obstante, son los delitos contra la Hacienda Pública o la Seguridad Social los que más proliferan en la actualidad.

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Contar con el asesoramiento de uno de nuestros abogados penalistas en Madrid especializado en delitos económicos le va a permitir:

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Confíe en nuestros conocimientos, fruto de años de trayectoria profesional, para proteger adecuadamente sus intereses. Así, se sentirá más seguro a lo largo de todo el procedimiento.

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¿Qué delitos económicos existen?

En el Código Penal (concretamente en el apartado Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico), es donde se encuentran clasificados los delitos económicos. Pero su regulación no siempre ha sido la misma: en el año 2010 se decidió ampliar su responsabilidad penal asociada.

De este modo, aparte de a las personas físicas, los delitos económicos ahora también afectan a las personas jurídicas. Por supuesto, esto ha incrementado considerablemente la complejidad de estos delitos y sus consecuencias legales.

Concretamente, hay con tres categorías de delitos económicos:

Delitos contra la Hacienda Pública o la Seguridad Social

Ya los hemos mencionado, y son aquellos delitos relacionados con la fiscalidad y los derechos de los trabajadores. Estos son algunos ejemplos:

  • Fraude fiscal: consiste en no declarar o no pagar impuestos, o incluso en aceptar indebidamente beneficios fiscales o devoluciones. Para que llegue a considerarse el fraude fiscal un delito, la cantidad ha de ser superior a los 120 000 euros.
  • Fraude a la Seguridad Social: en este caso se trata de eludir el pago de las cuotas de la Seguridad Social, o bien de obtener fraudulentamente deducciones o devoluciones. La cifra defraudada debe situarse por encima de los 50 000 euros. Nuestro Bufete se integra con abogados especialistas en Seguridad Social.
  • Delitos contra los derechos de los trabajadores: los cometen quienes, valiéndose de una posición superior, imponen a sus empleados condiciones perjudiciales para ellos, que suprimen o restringen sus derechos.

Delitos societarios

Implican la manipulación de los documentos de una determinada sociedad mercantil de forma fraudulenta. Hablamos, por ejemplo, de los siguientes actos delictivos, cuyo objetivo es prácticamente siempre esconder una administración desleal:

  • Actuaciones de los administradores que perjudican a los socios.
  • Imposición de pactos o acuerdos abusivos.
  • Impedir a los socios que ejerzan sus derechos de información.
  • Falsificación de cuentas o documentos sociales.
  • Blanqueo de bienes.
  • Administración social fraudulenta.

Delitos socioeconómicos

En realidad se denominan delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico. Dentro de este grupo se enmarcan, entre otros:

  • Defraudación de patentes y marcas: consiste en fabricar, importar, utilizar, ofrecer o comercializar objetos amparados por los derechos de patente, sin el consentimiento de su titular y con fines lucrativos.
  • Espionaje industrial: lo comete quien observa ilegalmente la actividad de otra empresa, mediante escuchas telefónicas o accediendo ilegítimamente a su información.
  • Revelación de secretos: en este caso, se vulnera la intimidad o la información confidencial de otro, lógicamente sin su consentimiento. Se consigue accediendo a documentos o interceptando comunicaciones.
  • Publicidad engañosa: la llevan a cabo las empresas que, con sus comunicaciones comerciales, inducen a error o influyen en el comportamiento económico de los destinatarios.
  • Delitos bursátiles: aquí, las conductas punibles serían, por ejemplo, alterar los precios, manipular los datos, abusar de informaciones privilegiadas, estafar a inversores u obstaculizar la inspección por parte de los organismos de control.
  • Blanqueo de capitales: se trata de un delito consistente en colocar en el mercado económico legal algunos bienes procedentes de acciones ilícitas.

En muchos casos se necesita un enfoque multidisciplinar para la defensa o acusación en este tipo de delitos. Contar con un Despacho con abogados mercantiles, por ejemplo, puede complementar el enfoque correcto.

Los delitos económicos y la responsabilidad penal

Ya hemos comentado que los delitos económicos los regula nuestro Código Penal. No obstante, no en todos los casos existe responsabilidad penal sobre quien presuntamente es responsable de su comisión.

Solo la encontraremos si no se dan las circunstancias necesarias para que exista la exoneración de responsabilidad penal. Esto es, si no ocurre que la persona jurídica puede demostrar que ha tomado las medidas oportunas para evitar que el delito ocurra, aunque finalmente sí se haya cometido.

En cuanto a las penas que se imponen a cualquier persona o empresa que cometa un delito económico, estas pueden ser:

  • Multas económicas.
  • Obligación de suspender la actividad.
  • Inhabilitación para acceder a subvenciones.

Como en otros muchos supuestos, para los casos de delitos económicos existen determinadas circunstancias atenuantes. Para acreditarlas, es vital la experiencia de los abogados expertos en delitos económicos.

Solo los profesionales cualificados tienen la capacidad de guiarle a la hora de articular su defensa y minimizar su responsabilidad, si cree que ha podido estar involucrado en algún tipo de delito económico o financiero.