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Agresión Sexual

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Somos abogados penalistas expertos tanto en la defensa como en la acusación en asuntos de agresión sexual.

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Agresiones Sexuales

Despacho especialista en Agresión Sexual

Las agresiones sexuales atentan contra la libertad sexual del individuo mediante el uso de la violencia o la intimidación. Esta es, efectivamente, la diferencia respecto al abuso sexual, el uso de la intimidación o la violencia.

  • Actuamos como defensa o acusación, en función de cada caso.
  • Disponemos de equipo jurídico especialista en abusos y acosos sexuales

¿Quiere denunciar una agresión sexual? Confíe su caso a especialistas

Sólo un bufete de abogados expertos en agresiones sexuales pueden afrontar este tipo de asuntos con las suficientes garantías. Somos abogados expertos en delitos sexuales.

Nuestros más de 20 años de experiencia nos permiten ofrecerle la mejor defensa judicial para su caso y asesorarle de la forma más profesional y adecuada.

¿En qué consiste el delito de agresión sexual?

Antes de denunciar una agresión sexual, es importante conocer cuáles son las características que definen, según nuestro Código Penal, el delito de agresiones sexuales. Concretamente, su regulación la encontramos en los artículos 178, 179 y 180.

La principal diferencia entre la agresión sexual y el abuso sexual es la existencia de violencia o intimidación. De todos los delitos que engloba la agresión sexual, el más grave es la violación. Hablamos de violación si tiene lugar una penetración del tipo que sea. Es decir, bucal, anal o vaginal. En cambio, no se trata de una agresión si no se consigue probar que el agresor ha utilizado la violencia o la intimidación. En ese supuesto, el hecho solo podría calificarse como un abuso sexual con penetración.

En este contexto, resulta obvia la importancia de contar con una buena defensa. Nuestros abogados especializados en agresiones sexuales conocen todos los matices y pasos que hay que dar a la hora de denunciar una agresión sexual.

La violencia o la intimidación

¿Qué ha de entenderse como violencia o intimidación en una agresión sexual? Es fácil de imaginar lo mucho que está en juego tras una denuncia por agresiones sexuales. Por eso, nuestra legislación es muy estricta y garantista en este sentido.

La violencia, en este contexto, tiene que ver con el atentado contra la libertad de una persona para decidir cuándo y cómo quiere mantener una relación sexual. Por lo tanto, existirá violencia y estaremos ante una agresión sexual si el supuesto agresor impone a la fuerza algo a la víctima, cuando esta previamente se ha negado a hacerlo o aceptarlo.

En cambio, la intimidación en una agresión sexual consiste en provocar que la víctima acceda a los deseos del agresor con el objetivo de evitar, con ello, que suceda un mal mayor. Una forma muy común de intimidación es la amenaza, que puede ser de cualquier clase. No es necesario que sea grave, aunque sí ha de ser suficientemente creíble.

¿Cuáles son los requisitos para que exista una agresión sexual?

Tanto las leyes como la jurisprudencia sientan las bases para poder distinguir entre agresión sexual y cualquier otro delito de índole sexual. Estas son todas las conductas que deben producirse:

  • Que el agresor emplee la intimidación o la violencia, en cualquiera de sus formas.
  • Realización de tocamientos u otra acción con fines sexuales.
  • Que el autor del delito mantenga una actitud libidinosa.

Por otro lado, hablamos de un delito de agresión sexual en grado de tentativa si quien lo comete tiene la intención de llevar a cabo las anteriores conductas, pero estas no llegan a producirse.

El consentimiento en una relación sexual

Es requisito imprescindible para que exista una agresión sexual es que la víctima no muestre su consentimiento. Sobre esto existe cierta controversia, ya que, aunque la negativa de la víctima ha de ser clara, no es necesario que oponga resistencia.

No debe haber ninguna duda de la falta de consentimiento por parte de la víctima. Pero, a la vez, la negativa puede expresarse sin necesidad de que la víctima oponga una gran resistencia. Así, la negativa podría expresarse, por ejemplo, con un simple no. Ello debería ser bastante para que la otra persona desista.

Que la resistencia efectiva no sea imprescindible para hablar de agresión sexual hace que pueda existir delito aunque la víctima participe activamente en la relación sexual. Eso será así, si se prueba que lo hace como consecuencia de la violencia o la intimidación. No es poco común que esto suceda si el agresor tiene una clara superioridad física con respecto a su víctima, algo que puede hacerle temer por su propia integridad.

Finalmente, resulta clave recordar que el consentimiento puede no ser permanente. Es decir, es posible que la víctima lo manifieste en algún momento, pero más tarde cambie de opinión. Algo que, por supuesto, debe expresarse de forma muy clara, de modo que la otra persona lo entienda sin lugar a dudas.

¿Cuáles son las penas del delito de agresión sexual?

Generalmente, la agresión sexual se castiga con penas de prisión de 1 a 5 años. Aparte, existen una serie de agravantes, que pueden aumentar las condenas hasta los 10 años. Estos agravantes son:

  • Trato vejatorio o degradante.
  • Participación o colaboración de más de una persona en la agresión sexual.
  • Si la víctima es menor o discapacitada.
  • Si existe una relación de parentesco entre la víctima y el agresor.
  • Uso de armas, aunque no se lleguen a utilizar.

Teniendo todo esto en mente, si ha sido víctima de una agresión sexual, debe denunciar. Para hacerlo, puede contar con toda la ayuda que le prestarán nuestros abogados expertos en agresiones sexuales.