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La reclamación de paternidad es la manifestación de la voluntad de una persona para que se reconozcan sus vínculos filiales con otra.

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Sobre la demanda de reclamación de paternidad

La demanda de paternidad puede ser interpuesta en dos situaciones. Una, es que el demandante sea un hijo que reclama que su padre lo reconozca. Otra es un padre que demanda que sus derechos como tal sean reconocidos. En ambos casos, la demanda tiene como objetivo también las medidas paterno filiales.

Tanto si se trata de un hijo como si quien demanda es un padre, tienen que existir sospechas fundadas del vínculo que se quiere que sea reconocido. La ley reconoce la posibilidad de que el asunto sea resuelto por la vía judicial. En este caso, será un juez quien decida si las sospechas tienen la suficiente base probatoria como para declarar que corresponde reconocer la paternidad demandada como auténtica.

Asuntos relacionados con la reclamación de paternidad que le pueden interesar:

Una vez reconocida legalmente la paternidad, las personas involucradas tomarán decisiones acerca de las consecuencias y futuras reclamaciones. Es importante contar con un abogado especialista en Derecho de familia, que asesorará acerca de cada paso en los procesos.

¿Cuáles son los motivos de una reclamación de paternidad?

Para que se inicie una reclamación y una demanda, deben existir hijos no reconocidos. Una reclamación de paternidad surge cuando quien reclama tiene indicios de que sus vínculos biológicos con su hijo o con su padre o madre. Estos indicios constituyen la mínima base razonable para iniciar un procedimiento de demanda.

La demanda de paternidad puede tener como motivo las definiciones en la herencia del padre. Esto es importante, independientemente de que los hijos no reconocidos estén incluidos en el testamento. El reconocimiento de la paternidad implica la participación en la legítima, y esto modifica las condiciones de la herencia.

La demanda de paternidad puede tener como meta la obtención de medidas paterno filiales. Estas medidas son disposiciones que regulan la relación entre los padres y sus hijos menores. Pueden establecerse de común acuerdo o por resolución judicial. Tienen que ver con la pensión de alimentos, con régimen de visitas, con la patria potestad y la custodia de los hijos.

Otro motivo por el que un hijo o un padre demandan el reconocimiento del vínculo es la participación en la vida del otro. Se trata de hijos o de padres que desean vincularse afectivamente con sus progenitores o hijos.

¿Cuál es el procedimiento de una demanda de paternidad?

La demanda de paternidad debe ser realizada por el interesado. Si la persona es menor de edad o discapacitada, la representará un tutor o representante legal (por ejemplo su madre en caso de demandas realizadas por hijos). También en caso de menores puede asumir ese rol el Fiscal de Menores.

La reclamación puede surgir en cualquier momento de la vida del reclamante, y, por tanto en cualquier momento puede iniciarse la demanda. Si existe una herencia, se podrá demandar la paternidad independientemente de que ya se hayan vencido los plazos de reclamación de la misma. En este supuesto, las acciones de reclamación de herencia prescribirán 25 años después de que el interesado conoció sus derechos.

¿Qué pruebas se necesitan para iniciar una demanda de paternidad?

Cuando una persona inicia una demanda para reclamar un vínculo de paternidad, seguramente ha tenido datos, indicios de veracidad, de que otra persona es su padre, su madre o su hijo. Esos datos y esos indicios serán el punto de partida para recopilar las pruebas que sostengan la demanda.

Existen diversos tipos de pruebas:

  • Testigos. Servirán para probar la paternidad los testimonios de personas que dan fe de la relación entre padre y madre. También serán útiles los testimonios acerca del embarazo y posterior nacimiento del niño después de la relación.
  • Registros. Fotografías, cartas, mensajes de texto, grabaciones y todos los registros que muestren que existió una relación entre padre y madre, que permitan suponer la paternidad.
  • Prueba de paternidad biológica. En expedientes donde las pruebas aportadas por el demandante generan dudas, el tribunal puede ordenar una prueba de ADN. Esta prueba se realizará con extracción de muestras directas si las partes están vivas. En caso de que padre o hijo hayan fallecido, se exhumará el cadáver. Esta prueba demostrará científicamente si existe o no la paternidad que se reclama.

¿Cuál es la importancia de la prueba de ADN en la demanda de paternidad?

Atención especial merece la prueba de ADN. Cuando el tribunal ordena esta instancia, se entiende que es una obligación para las partes someterse a las mismas.

¿Qué pasa si una de las partes se niega a someterse a esta prueba de paternidad biológica? Siempre que existan otros indicios, el tribunal podrá declarar válida la paternidad que dio motivo a la demanda.

Estas pruebas de ADN son concluyentes. La jurisprudencia del Tribunal Supremo las da por válidas siempre que no se hayan detectado vicios y que se haya respetado la cadena de custodia. Se calcula que el 99,9% de fiabilidad sirve para aceptar la demanda.

¿Se puede apelar una sentencia judicial en caso de demanda por paternidad?

Aunque generalmente las demandas por paternidad son concluyentes, existe el derecho de apelación. Un motivo para que esto ocurra son los defectos de forma. La consideración de que hay pruebas viciadas, incluidas las de ADN, puede ser argumento para una apelación. El proceso viciado es un motivo que sostiene una apelación.