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Los recursos jurídicos son los diversos medios que nuestra legislación pone a disposición de las partes para impugnar una resolución judicial con la que no se está de acuerdo. Estos medios sirven para interponer una reclamación frente a una sentencia considerada injusta o desfavorable.
Los recursos jurídicos: Definición y clasificación
El recurso jurídico es una forma de reclamación que las partes de un proceso interponen cuando una resolución judicial no se ajusta a lo esperado. Generalmente, quien impugna o recurre la resolución es la parte en desacuerdo, y por ello buscará la forma de anular o reformar la resolución.
De este modo, un recurso será una llamada a un ente administrativo o judicial con el objeto de que se vuelva a estudiar el caso. En este sentido, siempre es conveniente acudir a un abogado profesional que se encargue de interponer las reclamaciones ante el ente correspondiente.
Clasificación por competencia (devolutivos/no devolutivos), por procedencia (ordinarios/extraordinarios)
Los recursos se pueden clasificar según su competencia y según su fundamentación o procedencia.
Según su competencia
- Recursos devolutivos: son los recursos que se hacen ante otro tribunal, que suele ser el jerárquicamente superior al tribunal que dictó la resolución. Este tribunal se llama tribunal ad quem. Entre ellos se encuentra la queja, la casación, la infracción procesal y el recurso en interés de ley.
- Recursos no devolutivos: son aquellos interpuestos ante el mismo tribunal que dictó la sentencia en primer lugar. El tribunal se llama tribunal a quo, y el recurso ejemplo es el recurso de reposición.
Según su fundamentación o procedenciaa
- Recursos ordinarios: son los recursos para los que no se necesitan motivos concretos o específicos para impugnar, y donde el tribunal no tiene limitados los poderes judiciales. Se incluyen en estos recursos la queja, la apelación, la reposición y la súplica.
- Recursos extraordinarios: son los recursos que deben fundamentarse en causas establecidas por la ley para que sean admitidos. El recurso extraordinario más conocido es el de casación.
En la legislación española solo existen dos excepciones, el recurso de revisión y el de rescisión de sentencias dictadas en rebeldía, que se emplean cuando el proceso ya está finalizado. Su principal característica es que no impugnan una sentencia, sino que la rescinden.
En el caso del recurso de revisión, es útil para que se reconsidere la sentencia ya dictada porque han aparecido nuevas pruebas, por ejemplo. En la rescisión de sentencias dictadas en rebeldía, se puede solicitar una audiencia del demandado rebelde cuando termina el proceso, y el demandado no ha podido presentarse en el juicio.
Para recurrir una resolución o sentencia, es necesario cumplir ciertos requisitos: en ocasiones se exige la presencia de un abogado y un procurador de ambas partes, saber cuál es el órgano competente (tribunal ad quem o tribunal a quo), si se ha producido un gravamen a quien recurre y si se respetan los plazos indicados por ley.
Por otra parte, la ley indica que debe ser una sentencia impugnable y se debe hacer un depósito para poder acudir a esta vía, siempre y cuando no se trate de personas exentas del establecimiento del depósito (Estado, ministerio fiscal, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y personas que no alcanzan el salario mínimo profesional).
Efectos de los recursos
Hay dos efectos principales: el primero hace que la simple interposición del recurso interrumpa el plazo para que la resolución sea firme, y el segundo consigue que el caso deba ser resuelto en un tribunal superior. En este caso, se producen efectos devolutivos.
Hay un tercer efecto, el suspensivo, que sucede cuando la sentencia no puede cumplirse, no tiene efectos ejecutivos, hasta que se decida el recurso a interponer.
Un recurso puede producir dos efectos, lo que significa que el medio de impugnación produce al mismo tiempo un efecto devolutivo y uno suspensivo.
Por otra parte, una vez dictada la sentencia del recurso esta podrá ser desestimatoria o estimatoria. El primer caso indica que la sentencia es firme y no puede ser recurrida (no se puede interponer otro recurso).
Si es estimatoria, significa que habrá de dictarse una nueva sentencia que dejará sin efecto la anterior y ordenará la reposición de las actuaciones.
Los tipos de recursos más comunes según su jurisdicción (civil, penal, etc.)
Los recursos más comunes que pueden interponerse ante una resolución o sentencia son los siguientes:
- Recurso de apelación: es un recurso ordinario que impugna resoluciones que no se consideran favorables o justas. Generalmente tiene un efecto devolutivo, lo que quiere decir que el caso será revisado en una instancia superior. El plazo para prepararlo es de 5 días, y para interponerlo, de 20.
- Recurso de reposición: es un recurso ordinario no devolutivo, que se interpone ante una resolución interlocutoria para sustituir la sentencia. Se hace ante el mismo tribunal recurrido, y el plazo que dicta la ley es de 5 días.
- Recurso de casación: es un recurso extraordinario devolutivo que recurre sentencias firmes, y que revisa la norma aplicada por la segunda instancia. El ente competente es el Tribunal Supremo.
- Recurso de revisión: es el medio para impugnar una sentencia dictada bajo pruebas falsas o coacción. Suele utilizarse cuando aparecen nuevas pruebas en el caso.
- Recurso de reforma: se usa en el ámbito penal. Impugna cualquier acto de la instrucción.
- Recurso de queja: es el recurso interpuesto ante el órgano que ha rechazado un recurso de apelación.
- Recurso de nulidad: es un recurso para impugnar procesos que se considera que no han cumplido con la ley, o que han estado viciados.
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Los recursos jurídicos forman parte de la aplicación de la justicia, son medios para impugnar las resoluciones judiciales con las que no se está de acuerdo, o se consideran injustas o desfavorables. La ley indica aquellos casos en los que se puede o no recurrir una sentencia, y establece también los plazos para interponer el recurso adecuado.
Preguntas y respuestas
¿Se pueden recurrir todas las sentencias?
Las sentencias firmes no pueden ser recurridas. Solo se pueden recurrir aquellas que no han adquirido firmeza, y las que la ley establezca.
¿Es necesario que un abogado interponga un recurso?
No siempre, dependiendo del recurso de que se trate será preciso el acompañamiento un abogado, y la presencia de un procurador. En los recursos administrativos, como por ejemplo el de reposición, no hace falta la presencia ni de abogado ni de procurador.
¿Qué significa recurrir en segunda instancia?
Significa que se ha interpuesto un recurso ante el órgano competente por una resolución con la que no se está de acuerdo, y que la revisa el órgano inmediatamente superior.