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Ante un control de alcoholemia, tenemos ciertos derechos y también obligaciones

Estudiamos en este artículo qué derechos y obligaciones tenemos ante un control de alcoholemia y estupefacientes.

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Todos tenemos que saber que cuando tomamos alcohol, no debemos coger el coche para nada por el peligro que ello conlleva. Y no solamente eso, sino que esta acción nos puede salir muy cara.

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¿Qué obligaciones y derechos tenemos en un control de alcoholemia?

Por seguir con un dato interesante y tomando una época del año (las navidades) en las que el consumo de alcohol es más alto de lo normal, la Dirección General de Tráfico llevó a cabo al menos 25.000 pruebas de alcohol y drogas diarias en los diferentes puntos de control que se establecieron en diferentes vías y horas.

¿Qué pasa si nos toca enfrentarnos con uno de dichos controles? ¿Qué obligaciones y derechos tenemos?, muchos nos hacemos esta pregunta y aquí os dejamos la solución.

La primera obligación que tenemos que saber como conductores cuando nos detienen en un control, es que tenemos la obligación de someternos a las pruebas que consideren oportunas la autoridad pública competente para detectar el posible consumo de alcohol y estupefacientes, independientemente o no de que hayamos estado involucrados en un posible accidente de tráfico.

Dicho lo cual, tenemos que saber también que si el resultado de la prueba es positivo, y superamos no solamente los límites reglamentarios, sino también los penales, nos privarán de nuestro carné de conducir y podemos ser castigados con penas de prisión. Por ende, es muy importante que tengamos en mente los siguientes derechos que disponemos:

Pero, en todo caso, siempre os aconsejamos que antes de ponernos a conducir, evitemos el consumo de cualquier sustancia que limite nuestras facultades para la conducción, y te recordamos que nuestra firma, como abogados especialistas en Madrid, proporciona la defensa administrativa y penal en supuestos de conducción bajo la influencia del alcohol, drogas u otro tipo de estupefacientes.