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¿Qué ocurrirá si el tribunal europeo declara nula la cláusula del IRPH?

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Nulidad IRPH

Nuestro Bufete es especialista en la defensa de afectados por cláusulas abusivas hipotecarias.

Cientos de miles de personas están a la espera de que los jueces europeos se pronuncien acerca de la legalidad del IRPH, desde que un juzgado español elevara una consulta a la Corte de Luxemburgo. Hablamos del Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios, usado en muchas hipotecas en lugar de la otra alternativa más conocida, el Euríbor.

Ahora, este tribunal ha de hacer público su criterio definitivo, en relación con las siguientes cuestiones:

  • La validez del IRPH, según la media de los intereses de los créditos concedidos en los últimos años.
  • El nivel de transparencia e información ofrecido por las entidades a los clientes en relación con el índice.
  • La necesidad de ligar al Euríbor o dejar sin intereses a los préstamos cuya cláusula relativa al IRPH se haya anulado.
Como puede imaginar, lo que el tribunal europeo establezca en relación con estos tres puntos será determinante para muchas familias inmersas ahora mismo en créditos hipotecarios.

Somos un Bufete de Abogados expertos en hipotecas en Madrid, con amplia dedicación a la reclamación de cláusulas abusivas.

Las consecuencias: una posible nulidad del IRPH

Si finalmente el tribunal se muestra a favor de los consumidores a la hora de dictar sentencia, esta será de obligado cumplimiento para todos los jueces españoles. Es decir, los tribunales de nuestro país deberán alinear sus veredictos conforme al de Europa. Y, si esto sucede, lo más seguro es que todos los casos que estén judicializados terminen siendo revisados uno a uno bajo este nuevo criterio.

En cuanto a la posibilidad de que se decrete nula esta cláusula, podemos tomar como referencia lo que ocurrió con la archiconocida cláusula suelo. Cuando se procedió a declarar su nulidad, para los bancos las pérdidas fueron considerables y generalizadas.

Si esto mismo ocurriese ahora, a raíz de la sentencia del TSJE, se estima que la cifra podría ascender hasta los 44.000 millones de euros. CaixaBank, Banco Santander, BBVA, Bankia, Sabadell y Kutxabank serían las entidades más afectadas. Sobre todo, por el carácter retroactivo que se espera de la sentencia.

Uno de los motivos por los que se podría decretar esta nulidad sería la falta de transparencia por parte de las entidades a la hora de formalizar los contratos hipotecarios.

Es lo que sucedió, de hecho, con la cláusula suelo y algo parecido con las hipotecas multidivisa. Se comprobó que no se cumplía en ninguno de los supuestos el nivel de transparencia mínimo exigido por ley.

Hay esperanzas: las conclusiones previas del Abogado General del TJUE

En las últimas semanas ha saltado a todas las páginas de los periódicos una novedad muy importante acerca del IRPH: la pronunciación al respecto del Abogado General del TSJE. Para alegría de los consumidores, esta especie de fiscal general europeo ha asegurado que este tipo de cláusula puede ser perfectamente sometida a control por parte de las autoridades europeas. Por lo tanto, todo parece indicar que el análisis tiene recorrido.

En palabras textuales, el Abogado General definió al IRPH como una "fórmula matemática compleja y poco transparente". Y, por lo tanto, ha de comprobarse que los bancos hayan ofrecido a los clientes información clara y suficiente. Es decir, que se haya explicado tanto el método de cálculo, como su evolución y sus consecuencias económicas para el consumidor.

¿Qué implicaciones tiene este pronunciamiento?

La buena noticia es que las conclusiones del Abogado General del TSJE suelen ser tenidas en cuenta por parte de los jueces europeos. Aunque esto no siempre ocurre. Habrá que esperar a 2020 para saber cuál es el contenido de la sentencia definitiva. Y para saber si, de media, los consumidores con hipotecas ligadas a este índice (un millón de españoles, según algunas estimaciones) recuperarán hasta 25.000 euros pagados de más en sus créditos.